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ESVALOR financia empresas que provienen de concursos de acreedores

05-03-2018

La firma de un convenio de acreedores no es una limitación de acceso a nuevo crédito

Generalmente la capacidad de financiación a largo plazo se ve drásticamente reducida o limitada en las empresas que han pasado por procesos de concursos de acreedores y que han logrado firmar un convenio de acreedores para dar continuidad y viabilidad al negocio.

Esta situación es determinante para el devenir de las compañías ya que condiciona de forma muy significativa su capacidad de desarrollo y crecimiento.

Para ESVALOR,> que una empresa haya firmado un convenio de acreedores no es una limitación ni un problema a la hora de abordar una propuesta de financiación.

Desde ESVALOR nos fijamos en la situación presente del negocio, comprobamos que la compañía ha superado el punto de inflexión y que se encuentra en una senda de claro crecimiento y expansión, con capacidad demostrada de repago de la deuda.

Las características básicas a valorar son las siguientes:

  • Facturación: a partir de 20 millones de euros
  • EBITDA: a partir de 2 millones de euros
  • En situación de crecimiento y generando beneficios.
  • Antigüedad del convenio de acreedores: mínimo 2 años completos cerrados desde la firma del convenio.

 En caso de interés en ampliar información, contacte con el equipo de ESVALOR y le atenderemos con mucho gusto.

Cotización de financiación
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